miércoles, 16 de enero de 2008

Las cosas del César


Hay una nueva ley para el país de los catalanes y de los que quisieran ser catalanes que hace temblar los crucifijos. Parece ser que los alcaldes quieren tener la potestad de conceder o denegar licencias de actividad a las iglesias y cualquier lugar de reunión con fines religiosos, como si fuera un bar o un taller de manualidades. Ya dijo Jesús que cuando dos o más nos reunamos en su nombre Él estaría con nosotros, lo que no dijo es que un alcalde catalán también estaría con nosotros en medio tocando la “moral”. Nosotros tenemos un máxima que nos enseñó Jesús, “lo que es de Dios para Dios y lo que es del César para el César”, pero resulta que en Cataluña, lo que es del César para el César y lo que es de Dios también para el César. El responsable de esta tontería es el responsable del departamento de Asuntos Religiosos, José Luís Carod-Rovira, que le viene el cargo muy bien ya que tiene costumbre de vestir coronas de espinas con alegría y regocijo, (espero con impaciencia el día en que se calce en la espalda 40 latigazos y se suba el mismo a una cruz si le parece tan divertido). El caso es que José Luís Carod-Rovira quiere aseverar con esta medida las condiciones de seguridad y salubridad de los centros de culto religioso, ¡qué considerado!
También se pueden prohibir las procesiones, ya que afectan a la salud de los penitentes, ésto ya se venía venir desde la ley del tabaco, y es que los penitentes juegan con salud y eso no puede ser. Señor, no hace falta que nos libres del mal ni de nada que para eso ya tenemos a Rovira.
Este tipo de leyes al final no son tan malas, ya que regulan y al mismo tiempo protegen, pero lo que me asusta es la tentación de los poderes políticos de meter la naricilla en asuntitos inapropiados. En principio puede parecer que la ley nos va a proteger de la proliferación de templos islámicos pero ésto se puede dar la vuelta, si dejamos al poder político decisiones de este tipo al final este poder político va a cerrar y a abrir lugares de culto como quiera y a quien quiera. La Ley de Libertad Religiosa de 1980 en su artículo 2.2 establece “el derecho de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas a establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos” amparada en el artículo 16 de la Carta Magna de 1978. “Se trata de una iniciativa ilegal, anticonstitucional y que de ponerse en práctica supondrá un enorme paso contra la libertad religiosa en Cataluña”.
Bueno ahora que como cristiano voy a tener que pedir permiso para ejercer mi libertad religiosa mejor me hago satánico, que para rendir culto al maligno no hace falta permiso… de momento.

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